OBJETIVO DE DESARROLLO SOSTENIBLE 16


PAZ, JUSTICIA E INSTITUCIONES SÓLIDAS

Por Oscar Pelech
(Meta 2 “Poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra las niñas, niños y adolescentes.”)
 
 

Sin paz, derechos humanos, buen gobierno basado en el Estado de derecho, es muy difícil alcanzar el desarrollo sostenible. Algunas regiones disfrutan de un nivel duradero de paz, seguridad y prosperidad, mientras que otras experimentan ciclos aparentemente eternos de conflicto y violencia. De ninguna manera es inevitable y debe abordarse. Un alto nivel de violencia armada e inseguridad tiene consecuencias devastadoras para el desarrollo de un país, afecta el crecimiento económico y a menudo genera quejas arraigadas que pueden abarcar generaciones. La violencia sexual, la delincuencia, la explotación y la tortura también son fenómenos generalizados cuando hay conflicto o el estado de derecho no existe y los países deben tomar medidas para proteger a los sectores más vulnerables.

Una de las metas que abarca el ODS 16 es la segunda, que tiene por finalidad “Poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños.” Aunque es una problemática aún persistente y cada vez más extensa, me gustaría abordar otro tema, que es la participación infantil y adolescente. 

La participación infantil y adolescente puede abarcar en la práctica diaria muy diversas acepciones; tantas como su significado más elemental —“tomar parte en algo”— permite. De ahí que suela vincularse con toda naturalidad a cosas tan diferentes como la mera constatación de presencia infantil en un acto o una celebración, o la expresión por parte de los niños y niñas de su parecer o preferencia ante cuestiones de índole familiar o escolar. Pero también, a la expresión puntual de su opinión ante una determinada consulta por parte, por ejemplo, de responsables de la gestión municipal (se les preguntaría por su opinión sobre un proyecto, o por su preferencia con respecto a algún tema, o, por ejemplo, con un carácter mucho más abierto todavía, sobre lo que les gustaría cambiar, si pudieran, de su entorno más cercano e incluso del mundo en general). 

Cabría preguntarse, claro, por el objeto de cada una de esas experiencias de participación, por cuál es la intención de quien convoca, de quien pide opinión o de quien hace la consulta. Por esa razón es importante establecer que sólo cuando se trate de experiencias con carácter estable, promovidas con el fin de conocer la opinión de los niños y las niñas sobre los asuntos que les conciernen de manera que puedan incidir sobre ellos, se establece una auténtica participación social. Ahí lo que el término conlleva es la posibilidad real por parte de los NNA de incidir sobre un entorno y ejercer la propia responsabilidad como parte de la ciudadanía que son.

De hecho, en la Convención sobre los Derechos del Niño, la participación infantil se entiende ligada a la construcción de la ciudadanía del niño o la niña con el fin de elevarle a la categoría de miembro competente de la sociedad. Es desde esta concepción desde donde se vincula la participación con la profundización en la práctica de la democracia. 

Como afirma Benjamin Barber: “la única forma de alcanzar la autonomía es hacerlo en una comunidad en la que la ciudadanía participa activamente. Sólo así es posible superar las patologías de una ciudadanía atomizada y anémica y transformarla en una ciudadanía activa y responsable; sólo a través de la deliberación pública es posible pasar de ese mundo liberal del “yo prefiero esto”, “a mí me gusta lo otro”, a la voluntad común de quienes afirman “queremos que nuestro mundo sea así”.


Las diversas administraciones pueden y deben jugar un papel decisivo en cuanto que, además de gestoras, son promotoras de cambio cultural. Las políticas sociales no pueden tener una función exclusivamente instrumental, sino que deben apuntar al establecimiento de vínculos sociales fuertes, al fomento de la cohesión entre la ciudadanía, y en un espacio en que los vínculos tienden a relajarse —sean las relaciones de trabajo o las de la genealogía— la función de reinserción del individuo en lo social y colectivo debe convertirse en una tarea prioritaria. El estado puede componer y descomponer lo social, fortalecer o debilitar las relaciones entre los individuos.


Fuentes: 

DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN DE LA INFANCIA Y LA 
ADOLESCENCIA EN LA COMUNITAT VALENCIANA, ESTRATEGIA VALENCIANA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA
marzo de 2019, pág 115



VOLTEA un proyecto de ILÊWASI persigue el ODS 16 a través de ofrecer a niñas, niños y adolescentes la posibilidad de participar como voluntarias/os a través de la sensibilización, formación e intervención social en derechos de las niñas, niños y adolescentes. Como se reconoce en el Preámbulo de la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, integra a la infancia y adolescencia como ciudadanía activa y de pleno derecho en la Comunitat Valenciana y se promueve su participación en todos los ámbitos de las esferas pública y privada. 

A través de las actividades planteadas se pretende fomentar y garantizar tanto el derecho a la participación (art. 16 de Ley 26/2018) como el asociacionismo juvenil (art. 20 de Ley 26/2018); además de otros derechos individuales como la libertad de expresión, el derecho a ser oídos o el derecho a la educación (art. 43 de Ley 26/2018). 

ILÊWASI como centro de investigación, promoción y defensa de NNA, por medio de su Plan estratégico 2019- 2023 se enmarca dentro los principios y valores recogidos y reconocidos de la Convención sobre los Derechos del niño (1989) y Los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 contenidos en la Resolución 70/1 de la Asamblea General de la Naciones Unidas.  

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